DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 7 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA a la ciudadana MARÍA JOSEFINA MÁRQUEZ CARRERO, venezolana, natural del Vigía Estado Mérida, nacida el 10-05-63, de 44 años de edad, soltera, de profesión Buhonero, titular de la Cédula de Identidad Nro. 10.237.686 y residenciada en el Sector Caño Sector II, Las Casitas, Calle 3, Casa Nro. 19, El Vigía Estado Mérida, a TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN, mas la Accesorias de Ley previstas en el Articulo 16 del Código Penal, por el delito CONTRABANDO, previsto y sancionado en el articulo 3 numeral 1 y articulo 5 parágrafo único de la Ley sobre el delito de Contrabando y articulo 129 de la Ley Orgánica de Aduanas, en perjuicio del Estado Venezolano.
Firme la presente decisión se ACUERDA oficiar en su oportunidad Legal a la División de Antecedentes Penales del Ministerio de Interior y Justicia, y Consejo Na.....