DISPOSITIVA
Por razones expuestas, este Tribunal de Control N° 7 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 48 Ordinal 8vo Ejusdem y Artículo 108 Ordinal 7° del Código Penal, en la causa seguida a HÉCTOR ALEXANDER MORALES MOLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.221.090, por el Delito de LESIONES CULPOSAS en perjuicio de ZORAIDA COROMOTO FLORES, venezolana, de 38 años de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad N° 9.399.393. Así se decide. Notifíquese a las partes. Por cuanto son inexactas las direcciones del Imputado y de la Víctima, se ordena su notificación en la forma prevista en el Artículo 181 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, "en las puertas del Tribunal y copia de ella se agrega.....