Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Tribunal de Control No. 07, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORTIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra PERSONA(S) DESCONOCIDA(S), por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana GLADYS JOSEFINA BUITRAGO, venezolana, natural de Mérida, Estado Mérida, de 35 años de edad, nacida en fecha: 11.12.64, soltera, comerciante, residenciada en la Parte Alta de Barrio A Juro, casa DDT-114, El Vigía, Estado Mérida, portadora de la cédula de identidad No. V-10.237.689.
Notifíquese a las partes la presente decisión. En caso de no ser localizados en las direcciones señaladas en actas, notifíqueseles de conformidad con lo previsto en los artículos 181 y 183, ambos.....