DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 7 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Se Admite Totalmente la Acusación presentada por el Ministerio Publico y las pruebas promovidas por ambas partes en la forma antes especificada. SEGUNDO: Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público a JORGE ALBERTO BARILLAS COLLS , venezolano, de 33 años de edad, nacido en fecha 07-12-1973, natural de El Vigía, Estado Mérida, profesión comerciante, soltero, titular de la cedula de identidad N° 12.654.748, hijo de HORACIO BARILLAS Y MARIA TERESA COLLS, residenciado en la Urbanización Buenos Aires, calle principal, casa 5-13, al lado de la panadería Santa Teresa, El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión del presunto delito de AMENAZAS previsto y sancionado en los artículos 16 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, vigente para el momento d.....