ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ACTUANDO EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 07, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA LA NULIDAD DEL ESCRITO DE ACUSACIÓN presentado por la Fiscal Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, en contra del imputado: JHONY ALBERTO VILLAMIZAR ARAUJO, venezolano, de 26 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad N° 17.696.193, natural de Caja Seca Estado Zulia, nacido en fecha 10-09-1984, hijo de Pedro Villamizar y Juana Araujo, domiciliado en el Peñón, vía Santa Apolonia, Casa sin número, Municipio Tulio Fébres Cordero del Estado Mérida y ordena la reposición de la causa al estado en que el Ministerio Público realice el acto formal de imputación fiscal, d.....