. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de ALVARO ANTONIO NAVARRO, venezolano, de 30 años de edad, soltero, albañil, titular de la cédula de identidad Nº 4.752.360, residenciado en la Urbanización Páez, sector 02, vereda 47, casa número 05, El Vigía, Estado Mérida, y HECTOR OMAR UZCATEGUI ANGULO, venezolano, de 22 años de edad, soltero, latonero, titular de la cédula de identidad Nº 9.020.323, residenciado en el Sector Caño Balza, Distrito Alberto Adriani, Estado Mérida, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de los ciudadanos JOSE RAMON SALAZAR, venezolano, de 29 años de edad, soltero, chofer, titular de la cédula de identidad Nº 3.961.584, residenciado en Mucujepe al pasar el puente, de esta Jurisdicción del Distrito Alberto Adriani del Estado Mérida, .....