decreta el sobreseimiento de la presente causa, instruida en contra del ciudadano ROLMY ROJAS GARZON, venezolano, de 18 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad No. V-15.930.987, residenciado en el Barrio Abelardo Pernía, Entrada Principal, Casa No. 49, El Vigía, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y tipificado en el artículo 422 del Código Penal Venezolano vigente para el momento en que ocurren los hechos, cometido en perjuicio del ciudadano MIGUEL ANGEL ROJAS, venezolano, de 18 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad No. V-14.744.468, residenciado en Barrio Abelardo Pernía, Entrada Principal Casa No. 49, El Vigía, Estado Mérida, de conformidad con lo establecido en los artículos 51 Constitucional, 37, 108, ordinal 5°, 109, encabezamiento, y 422, del Código penal Venezolano vigente para el momento en que ocurren los hechos, y 48, ordinal 8°, 282 y 318, numeral 3°, del Código Orgánico Proce.....