acuerda: ---------------------------------------------------------------------------------
PRIMERO: Se declara con lugar la admisión de los hechos efectuada por el acusado HERY RAFAEL URDANETA CONTRERAS, por la comisión de los delitos de ACTOS LASCIVOS y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 45 y 42, en concordancia con el artículo 15 numeral 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana LIBERIA PATRICIA MORENO AVENDAÑO.
Por lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Condena al acusado HERY RAFAEL URDANETA CONTRERAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.679.043, natural de Santa Bárbara, Estado Zulia, nacido en fecha 18-12-1980, de 31 años de edad, soltero, de o.....