Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda con lugar la solicitud interpuesta por el Ministerio Público, y en tal sentido, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor FRANKLIN ENOC NOGUERA CONILES, venezolano, mayor de edad, soltero, carpintero, titular de la cédula de identidad N° 7.781.669, domiciliado en la Urbanización La Inmaculada, Calle 11, casa N° 14-68, El Vigía Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de ANA HILDA NOGUERA CONILES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.901.528, domiciliada en Los Robles, Avenida Principal, Casa N° 4-12, en don.....