este TRIBUNAL DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: 1°) NO CALIFICA COMO FLAGRANTE la aprehensión del ciudadano: RODNEY XAVIER SALAZAR SULBARAN, venezolano, mayor de edad, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 16-07-1990, de 20 años de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.573.082, hijo de Neiva Ramona Sulbarán Fuenmayor (v) y Juvenal Salazar (v), y residenciado en Mucujepe, calle principal, se cruza a la izquierda, al lado de la casa del PSV, casa del señor Ismael, Estado Mérida, en la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: ELVA YUDITH POLO GOMEZ. 2.- Se acuerda la tramitación de la p.....