DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 7 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL Y EN CONSECUENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 318, ORDINAL 3, SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida al ciudadano RAMÓN ARGENIS FERNÁNDEZ QUINTERO, venezolano, de 29 años de edad, nacido en fecha 18-08-74, natural de El Vigía, Estado Mérida, titular de la cedula de identidad N° 11.219.108, de profesión Agente Policial, destacado en la Comandancia Policial N° 12, El Vigía, hijo de RAMÓN ARGENIS FERNÁNDEZ Y CARMEN TERESA QUINTERO, residenciado en Urbanización Páez sector II; vereda 55, casa 06, El Vigía , Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en los artículos 17 de La Ley Sobre la Violencia Con.....