DISPOSITIVA
Por las razones anteriores, este Tribunal de Primera Instancia, en Funciones de Ejecución Nº 01, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA que el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, le falta por cumplir OCHENTA Y SIETE (87) HORAS DE TAREAS COMUNITARIAS, por un tiempo QUE VA DESDE EL DÌA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2006 AL 06 DE JUNIO DE 2006, en jornadas de ocho (8) horas semanales. -----------------------------------------------------------
Igualmente el Tribunal expresa: que si efectivamente el adolescente cumple con los Servicios a la Comunidad, el Tribunal decretará su cesación una vez se reciba la información respectiva, por órgano de la Trabajadora Social Adscrita a esta Sección.---
Decisión esta que se toma de conformidad con los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 173 del Código Orgánico Proce.....