DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 628 paragrafo primero letra ¿c¿ de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley acuerda: la PRIVACION DE LIBERTAD POR INCUMPLIMIENTO INJUSTIFICADO DE LA SANCION EN CONTRA DEL ADOLESCENTEIDENTIDAD OMITIDA, venezolano, de 15 años de edad, fecha de nacimiento 21/03/89, domiciliado en El Chamita, casitas de INAVI, Mérida, cuya sanción deberá cumplirla en el Instituto Nacional del Menor seccional Mérida, por el lapso de tres (03) meses contados a partir de la presente fecha la cual culminará en fecha 04-02-2005, tomando en consideración el ejecútese que ríela a los folios (114 al 117). En dicho lugar deberá llevársele un plan Individual, quien deberá participar la sicóloga, siquiatra, sicopedagogo y trabajador social y cualquier otr.....