DISPOSITIVA
Por mérito de lo expuesto, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 y 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acuerda: ratificar la medida de Reglas de Conducta, impuesta al joven (RESERVADO EN ACATAMIENTO A LA LEY), identificado en autos, que finalizan el día 11 de mayo de 2016.
Se decreta el cese de la medida de Servicio a la Comunidad, impuesta por el lapso de seis (6) meses, ya que ha transcurrido el lapso previsto para el cumplimiento de la medida y la misma fue cumplida, por tanto debe decretarse la cesación de la medida. Y así se decide.
Se modifica la medida De reglas de Conducta, en cuanto a la persona que la va a supervisar y orientar el cumplimiento de la misma y se designa a la Traba.....