PRIMERO: Este Tribunal dando cumplimiento a la orden de la Jueza sentenciadora, en tal sentido acuerda oficiar al jefe del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS, SUB-DELEGACIÓN EL VIGIA, lugar donde se encuentra bajo custodia el arma de fuego tipo escopeta, calibre 410, cañón corto de anima lisa de 15,8 c.m., de longitud por 1,2 c.m., de diámetro en la boca del cañón, su mecanismo se compone de guardamonte que se pliega hacia delante y permite liberar el cañón y su única recamara, disparador y martillo, con aguja percusora interna, empuñadura elaborada por pieza anatómica de material sintético de color negro, guardamano elaborado en material de color negro, inscripción identificativa en bajo relieve en la cara lateral izquierda de la caja de los mecanismos donde se lee: "MAIOLA HECHO EN VENEZUELA ACTUE SEGURO", signada con el serial N° C233409. Según consta al folio cincuenta (50) de las actuaciones.
Con relación al arma de fuego incautada la misma deberá .....