Vista la sentencia condenatoria definitiva y firme dictada por el Juez en funciones de Juicio Nº 1 de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal, en fecha 18 de noviembre de 2015, inserta a los folios 195 y siguientes de las presentes actuaciones, este Tribunal invocando el derecho a la tutela judicial efectiva, previsto en el artículo 26 Constitucional y ejerciendo las funciones previstas en los artículos 646 y 647 literal "a", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, acatando lo dispuesto en la sentencia y en los términos en ella establecidos, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA LA EJECUCIÓN DEL FALLO y pasa a fijar las pautas para el cumplimiento de las medidas, en los términos siguientes establecida como fue la responsabilidad del adolescente (EN RESERVA EN ACATAMIENTO A LA LEY), la Jueza impuso como sanción definitiva la medida prevista en el artículo 620 liter.....