DISPOSITIVA
El tribunal de Primera Instancia en lo penal en Funciones de Ejecución Nº 01 de la sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 173, 679 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con los artículos 646 y 647 de la ley orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en relación a lo expresado este tribunal acuerda el EJECUETESE de la sentencia, contra los adolescentes CUYAS IDENTIDADES SE OMITEN indocumentadoS , domiciliadoS en Playa Grande vía panamericana por la entrada el Caimán, finca la Enchalada Estado Zulia, se deja constancia que la sentencia menciona las sanciones bajo las mismas condiciones para ambos adolescentes al efecto, señala:
En cuanto a las REGLAS DE CONDUCTA (Art.624 LOPNA): Obligación de hacer: a) Los adolescentes deberán continuar trabajando. Para el cumplimiento de esta obligación deberá presentar constancia .....