Por mérito en lo expuesto, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA DICTADA CONTRA EL ADOLESCENTE IDENTIDAD OMITIDA, identificado en autos.
Se acuerda imponer al sentenciado del contenido del presente auto, en la visita que se realice a la Entidad de Atención Sancionados Mérida Varones, lugar donde se encuentra privado de libertad.
Revisión de la medida 31 de octubre de 2012.
Líbrese boleta de notificación a la defensa. Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público. Líbrese oficio al Jefe de la Entidad de Atención, remitiéndole copia de la sentencia condenatoria y del presente auto. CÚMPLASE.