Vista la sentencia condenatoria definitiva y firme dictada por el Juez en funciones de Juicio Nº 1 de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal, en fecha 15 de junio de 2015, inserta a los folios 72 y siguientes de las presentes actuaciones, este Tribunal invocando el derecho a la tutela judicial efectiva, previsto en el artículo 26 Constitucional y ejerciendo las funciones previstas en los artículos 646 y 647 literal "E" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, pasa a dictar auto fundado en los términos siguientes: establecida como fue la responsabilidad (RESERVADO), la Jueza impuso como sanción definitiva las medidas previstas en el artículo 620 literales "b y d" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y que consisten en REGLAS DE CONDUCTA, por el término de DOS (2) AÑOS , durante los cuales la adolescente deberá mantenerse inserto en el sistema educativo o insertarse en el sistema educativo en el grado o nivel.....