DISPOSITIVA
Por mérito de lo expuesto, este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 646 y 647 letra "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: La continuación del cumplimiento de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, para ambos adolescentes, SERVICIOS COMUNITARIOS, para el adolescente IDENTIDAD OMITIDA y la medida de LIBERTAD ASISTIDA, que le fue impuesta al adolescente sentenciado IDENTIDAD OMITIDA , en los mismos términos descritos en el auto fundado ejecutando la sentencia condenatoria, dictado en fecha 25 de mayo de 2006, inserto a los folios ciento setenta y uno (171) al ciento setenta y cuatro (174) y que finalizan: Las reglas de conducta: el día 12 de enero de 2008. El cómputo de la medida de libertad asistida se r.....