DISPOSITIVA
Por mérito de lo expuesto este TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTES, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: Desestimar la solicitud de cesación de la medida de reglas de conducta impuesta al sentenciado IDENTIDAD OMITIDA, mediante sentencia dictada por la Juez de Juicio de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, sede Mérida, en fecha 28 de febrero de 2005; la cesación de la medida de privación de libertad y la suspensión de las medidas de reglas de conducta y libertad asistida, previstas en los literales "b" y "f" del artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; impuestas mediante sentencia interlocutoria- dictada en fecha 08 de diciembre de 2005. Notifíquese a las partes. Notifíquese a la Trabajadora Social Iris Montoya, remitiéndole copia del presente auto.---------------------------
Solicítese.....