Acatando lo dispuesto en la sentencia y en los términos en ella establecidos, este Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA LA EJECUCIÒN DE LA SENTENCIA ANTES REFERIDA, en los términos siguientes:
MEDIDA DE SERVICIOS COMUNITARIOS: esta medida será cumplida por los adolescentes, mediante su incorporación a una institución pública, en la que desarrollen tareas comunitarias de carácter gratuito, de acuerdo a sus aptitudes y destrezas y preferentemente en una institución cercana a su entorno social (escuela, trabajo, núcleo familiar, entre otros). La medida impuesta comporta, necesariamente, la vigilancia y seguimiento de una persona capacitada para ello, considerando este Tribunal que la Trabajadora Social Licenciada Edelyn Villalobos, adscrita a la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, es la persona idónea, para realizar tal labor, toda vez que también le ha sido a.....