este Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y COBRO DE BOLIVARES intentada por la Empresa DOMUS C. R.L, a través de su Apoderada Judicial Abg. Luis José Silva Saldate en contra de los demandados CROX ALEXANDER SANCHEZ RODRIGUEZ Y CROX RAMIRO SANCHEZ VERA. En consecuencia queda RESUELTO el contrato de arrendamiento suscrito en fecha 14-11-2001; y pagar la cantidad de UN MILLON CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs 1.150.000, oo) por concepto de los cánones de arrendamiento correspondiente a los meses de diciembre del año 2.003, los meses de enero, febrero, marzo, abril 2004 estos dos ultimo por cánones que falta para la terminación de la relación arrendaticia. Se condena en costa a los demandados por haber resultado totalmente perdidosa