por consiguiente ESTE TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA de conformidad con lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCION, se le da el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, se ordena suspender la medida de Embargo Ejecutivo decretada en fecha 11-02-2005. En consecuencia, el Tribunal se abstiene de archivar el expediente, hasta tanto conste en autos el cumplimiento de la obligación.
LA JUEZ PROVISORIO.
DRA. MARYS XIOMARA ALBARRAN DE OCARIZ
LA SECRETARIA,
Abg. MARITZA LAREZ DE VILORIA