En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA VÁLIDA Y PROCEDENTE EN DERECHO, la solicitud de Oferta Real de Pago efectuada por la ciudadana ESTHER RODRÍGUEZ VIELMA, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 9.477.555, domiciliada en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábil, en su carácter de OFERENTE, debidamente representada por la Abogada en ejercicio LAURA ROSA ROMERO SEIJAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 14.805.726, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 109.901, del mismo domicilio y jurídicamente hábil, en favor de la ciudadana GRELIS COROMOTO MORA SALAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número .....