este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con el numeral 1° del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECLARA.
Notifíquese a las partes intervinientes, haciéndoles saber que el lapso para que interpongan el recurso que consideren pertinente, contra la presente decisión comenzará a correr una vez que conste en autos la última de las notificaciones. Líbrense boletas y entréguensele al alguacil para que las haga efectivas. Igualmente se ordena oficiar AL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA (EJIDO), a los fines de recabar las resultas de citación de la parte codemandada, ciudadana FILMA DEL CARMEN GUERRERO DE RIVERA. PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA. DADO, SELLADO, FIRMADO Y REFRENDADA EN L.....