Por lo expuesto, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA remitir el presente Mandamiento de Ejecución al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, para que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 237 y 238 de la Norma Civil Adjetiva, le dé el más estricto cumplimiento. Esto de conformidad con lo regido en el artículo 21 del Código de Procedimiento Civil. Por cuanto la presente decisión sale fuera de lapso se ordena la notificación de la parte demandante o a sus Apoderados Judiciales con el objeto de ponerlos en conocimiento de la presente Sentencia, haciéndoles saber que una vez que conste en autos su notificación, comenzará a transcurrir el lapso para interponer los recursos que considere convenie.....