REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
SANTA ANA DE CORO: VEINTICUATRO (24) DE ABRIL DE 2026
AÑOS: 216º Y 167º
VISTOS
SENTENCIA: Nº 52

SOLICITUD:
016-2026


SOLICITANTES:
JULIO CESAR TREMONT, venezolano, mayor de edad, civil y jurídicamente hábil, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.502.212, domiciliado en la Urbanización Las Velitas II, Vereda 6, Casa Nº 30 de la Ciudad de Santa Ana de Coro, Parroquia San Antonio Municipio Miranda del estado Falcón, actuando en mi propio nombre y conforme a lo establecido en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, en representación de mis hermanos ciudadanos OMAR JOSE TREMONT, GREGORIA JOSEFINA TREMONT, JOSE GREGORIO TREMONT y ALEXANDER JOSE TREMONT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Números V-7.483.571, V-9.516.605, V-12.734.186 y V-14.795.494, respectivamente.



ABOGADAS ASISTENTES:
MARIA EUGENIA RODRIGUEZ VARGAS y BERLIN LEONOR RIVAS GONZALEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Números V- 10.700.149 y V- 10.478.441, respectivamente, Inpreabogado Nº 69.475 y 63.906, domiciliadas en el Parcelamiento Manaure, Casa Nº 23, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, estado Falcón.

MOTIVO:
UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Vista la solicitud de ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS, distinguida con el Nº 016-2026, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por el ciudadano JULIO CESAR TREMONT, venezolano, mayor de edad, civil y jurídicamente hábil, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.502.212, domiciliado en la Urbanización Las Velitas II, Vereda 6, Casa Nº 30 de la Ciudad de Santa Ana de Coro, Parroquia San Antonio Municipio Miranda del estado Falcón, actuando en mi propio nombre y conforme a lo establecido en el artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, en representación de mis hermanos ciudadanos OMAR JOSE TREMONT, GREGORIA JOSEFINA TREMONT, JOSE GREGORIO TREMONT y ALEXANDER JOSE TREMONT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Números V-7.483.571, V-9.516.605, V-12.734.186 y V-14.795.494, respectivamente, debidamente asistido en este acto por las abogadas MARIA EUGENIA RODRIGUEZ VARGAS y BERLIN LEONOR RIVAS GONZALEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Números V- 10.700.149 y V- 10.478.441, respectivamente, Inpreabogado Nº 69.475 y 63.906, domiciliadas en el Parcelamiento Manaure, Casa Nº 23, de esta ciudad de Santa Ana de Coro, estado Falcón. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, el acta de defunción y las actas de nacimientos, que se acompañan a la presente solicitud, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas, en donde consta que la ciudadana GLADYS RAMONA TREMONT RUIZ, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V- 2.787.231, falleció Ab-intestato en fecha: Veintiocho (28) de Septiembre del Año 2025, según se evidencia de Acta de Defunción, distinguida con el N° 1056, extendida en fecha 28/09/2025, por el Registro Civil del Estado Falcón, Municipio Miranda, Parroquia San Antonio, la cual riela al folio Cinco (05) de la solicitud, DECLARA COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS: A sus hijos ciudadanos JULIO CESAR TREMONT, OMAR JOSE TREMONT, GREGORIA JOSEFINA TREMONT, JOSE GREGORIO TREMONT y ALEXANDER JOSE TREMONT, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nros, V-9.502.212, V-7.483.571, V-9.516.605, V-12.734.186 y V-14.795.494, respectivamente, con domicilio en esta ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón.
La presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los Veinticuatro (24) días del mes de Abril de 2026. Entréguese el presente original a la interesada.
REGÍSTRESE, DIARÍCESE Y PUBLÍQUESE, inclusive en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinal 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 248 del Código de Procedimiento Civil. ABG.MRA/ABG.MA/JLG.
La Juez Provisorio, La Secretaria Temporal,

Abg. Mariela Revilla Acosta Abg. Abg. María Álvarez