REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
Años: 215º y 166º
SOLICITUD Nº 8.965-2.025
SOLICITANTE (S): JOSE LUIS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-9.507.801, domiciliado en el Sector Pueblo Nuevo, Calle Palmasola Casa S/N Parroquia Santa Ana en Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, correo electrónico joseluismartinez001@gmail.com, WhatsApp +584246052931.
ABOGADO ASISTENTE: ROBERT ANTONIO REYES URE, titular de la cédula de identidad N° V-11.804.769, domiciliado en la Urbanización Juan Crisóstomo Falcón, Núcleo 01, edificio Paraguaná Apartamento 2-7, en Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, correo electrónico rareyesu11@gmail.com, WhatsApp +584146823036, inscrito en Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 223.365.
SUCESORES: JOSE LUIS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-9.507.801.
CAUSANTE: YOLANDA JOSEFINA MARTINEZ, quien era venezolana, nació el 08/04/1941, titular de la cédula de identidad Nº V-3.097.223.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Tramitada como ha sido la solicitud que antecede, presentada personalmente presentada por el ciudadano JOSE LUIS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-9.507.801, domiciliado en el Sector Pueblo Nuevo, Calle Palmasola Casa S/N Parroquia Santa Ana en Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, correo electrónico joseluismartinez001@gmail.com, WhatsApp +584246052931, actuando en su propio nombre y en representación, y asistido por el Abg. ROBERT ANTONIO REYES URE, titular de la cédula de identidad N° V-11.804.769, domiciliado en la Urbanización Juan Crisóstomo Falcón, Núcleo 01, edificio Paraguaná Apartamento 2-7, en Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, correo electrónico rareyesu11@gmail.com, WhatsApp +584146823036, inscrito en Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 223.365, ante usted con el debido respeto y acatamiento, ocurren para exponer quien consigna las documentales fundamentales para demostrar la legitimación y el interés para instaurar el presente procedimiento. Igualmente, promueven testimoniales con la finalidad que se le declare a ellos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la extinta ciudadana YOLANDA JOSEFINA MARTINEZ, quien era venezolana, nació el 08/04/1941, titular de la cédula de identidad Nº V-3.097.223, de ocupación Oficios del Hogar, quien falleció ab-intestato el 02/07/2025, según Acta de Defunción Nº 755, llevado por el Registro Civil y Electoral de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda, Estado Falcón de fecha 03/07/2025.
Analizada como ha sido la presente solicitud, que se contrae a la obtención de Titulo de Únicos y Universales Herederos, este Tribunal evidencia que, a la solicitante de marras consignó las documentales que siguen:
01.- Copias Simples de la cedula de identidad de la causante ciudadana YOLANDA JOSEFINA MARTINEZ (f.02)
02.- Copia Certificada de Acta de Defunción Nº 755, de fecha 03/07/2025, de la causante ciudadana YOLANDA JOSEFINA MARTINEZ, emitido por la Oficina de Registro Civil y Electoral, Municipio Miranda Parroquia San Antonio del Estado Falcón. (f. 03)
03.- Copias Simples de las cedulas de identidad del solicitante ciudadano JOSE LUIS MARTINEZ. (f.04)
04.- Copia Simple de las cedulas de identidad de los testigos promovidos BETSY KORINA PEREZ REYES y MARCELINO AGUSTIN QUINTERO. (f.05)
05.- Copia Certificada de Acta de Nacimiento Nº 1990, correspondiente al año 1966 del solicitante ciudadano JOSE LUIS MARTINEZ, emitida por el Registro Principal del Estado Falcón, en fecha 19/11/2025. (f.06 al f.08)
Fueron evacuadas las testimoniales de los ciudadanos: BETSY KORINA PEREZ REYES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-14.027.774, de 50 años, Fiscal del SUNDE, domiciliada en la Juan Crisóstomo Falcón, Apartamento 27, Edificio Paraguaná, de esta ciudad de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón y MARCELINO AGUSTIN QUINTERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-4.152.470, de 77 años, Jubilado de maestro de obra, domiciliado en el Barrio 28 de Julio, Calle Garcés, casa S/N°, de esta ciudad de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón; quienes de forma pertinente y sin contradicciones respondieron favorablemente a la pretensión de la solicitante las OCHO (08) preguntas contenidas en el escrito de solicitud que dio inicio a la presente solicitud, según se desprende de las actas levantadas en fecha Catorce (14) de Enero de 2.026 (f.18 y su vuelto). Al efecto, tales deposiciones testimoniales son concordantes entre sí y hacen plena prueba al adminicularse eficazmente con el elenco probatorio aportado por la solicitante junto al escrito de solicitud.
Del análisis de las declaraciones de los testigos promovidos, así como de los documentos relacionados, en el cual pretenden se les declare como únicos y universales herederos, y publicado como fue el Edicto en el diario digital “LA MAÑANA” de circulación Regional en fecha 04-12-2.025, sin que compareciera cualquier interesado; se concluye que son suficientes para declarar lo pretendido por la solicitante. En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución N° 2.009-0006, de fecha 18-03-2.009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la De Cujus YOLANDA JOSEFINA MARTINEZ, quien era venezolana, nació el 08/04/1941, titular de la cédula de identidad Nº V-3.097.223, de ocupación Oficios del Hogar, quien falleció ab-intestato el 02/07/2025, según Acta de Defunción Nº 755, llevado por el Registro Civil y Electoral de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda, Estado Falcón de fecha 03/07/2025, a favor de su hijo ciudadano JOSE LUIS MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-9.507.801.
Regístrese. Publíquese, inclusive en la página web, de conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada de esta declaración para el archivo. Entréguense las presentes actuaciones a las parte interesadas, previa certificación por secretaría de una copia de la misma, la cual será dejada en el archivo de este Tribunal, una vez que sean suministradas las copias necesarias.
Dada, firmada y sellada a los quince (15) días del mes de Enero del año Dos mil veintiséis (2.026) en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Años: 215° de la Independencia y 166° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO
Abg. KARLYS SANCHEZ BRITO
LA SECRETARIA TITULAR
Msc. LISBETH PEROZO RIVERO
NOTA: En la misma fecha, siendo la 10:30 a.m., y previo el anuncio de ley, se publicó y registro la anterior decisión, bajo el N° 01. Asimismo se certifico copia de la misma para el archivo. Conste.-
LA SECRETARIA TITULAR
Msc. LSIBETH PEROZO RIVERO
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