REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
SANTA ANA DE CORO: SIETE (07) DE JULIO DE 2026 DE 2026.
AÑOS: 216º Y 167º
VISTOS
SENTENCIA Nº 100
SOLICITUD: 063-2026
SOLICITANTE:
DAISY TERESA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.505.849, con domicilio en el Parcelamiento los Algodones, en la Transversal 02, Casa S/N, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón.
ABOGADO ASISTENTE: RAMON EMILIO REYES AULAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 181.878, con domicilio procesal en la Vela de Coro, Sector Manaure, Calle Talavera, Casa N° 41-15, Parroquia la Vela, Municipio Colina del estado Falcón.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, distinguida con el Nº 063-2026, según la nomenclatura de este Despacho; presentada por la ciudadana: DAISY TERESA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.505.849, con domicilio en el Parcelamiento los Algodones, en la Transversal 02, Casa S/N, Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón, debidamente asistida por el abogado en ejercicio RAMON EMILIO REYES AULAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 181.878, con domicilio procesal en la Vela de Coro, Sector Manaure, Calle Talavera, Casa N° 41-15, Parroquia la Vela, Municipio Colina del estado Falcón. En tal sentido, examinado y evacuado como ha sido, la declaración de los Testigos, la Constancia de Zonificación y los Planos de Registro debidamente certificados por el Departamento de Planeamiento Urbano de la Alcaldía del Municipio Miranda del Estado Falcón; que se acompañan a la presente solicitud, Este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Impartiendo Justicia, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, y en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo previsto en el Articulo 16 eiusdem, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, y en atención a lo solicitado y lo evidenciado en las actas DECLARA: TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: DAISY TERESA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.505.849, sobre unas bienhechurías enclavadas en una parcela de terreno Municipal de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y OCHO CENTIMETROS (373,98 MTS), Cedula Catastral: 11-14-03-U01-025, ubicada en la TRANSVERSAL N° 02, SECTOR PARCELAMIENTO LOS ALGODONES, PARROQUIA SAN ANTONIO, MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCON, alinderada de la siguiente manera: NORTE: Parcela ocupada por Miguel A. Loyo D. con (23,02 Mts), SUR: Casa y Solar que eso fue de Mary Rodríguez con (23,01 Mts), ESTE: Transversal N° 03 con (16,15 Mts); y OESTE: Transversal N° 02 con (16,35 Mts), estructurada de la siguiente manera: una (01) sala, tres (03) dormitorios, dos (02) baños, una (01) cocina, con las siguientes características: TECHO: De platabanda, PAREDES: De bloques, PUERTAS: De hierro, madera, protector metálico, VENTANAS: De aluminio, vidrio y protector metálico, PISO: De cemento rustico, AÑOS DE CONSTRUCCION: 01, cercado total con bloques, todos los servicios públicos. Con un área de construcción de OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SIETE CENTIMETROS (82,37 MTS).
Asimismo, manifiesta la solicitante en su escrito, que ha construido y habitado dichas bienhechurías por Un (01) año aproximadamente, invirtiendo la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs 400.000,00), con dinero de su propio peculio, careciendo de documento de propiedad sobre las expresadas bienhechurías. En virtud de los argumentos de hecho y de derecho antes expuestos, la presente declaración se emite, sella y firma en la sala de despacho de este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, a los Siete (07) días del mes de Julio de 2026. Entréguese el presente original y sus resultas a la solicitante. ABG.MRA/MA.
La Juez Provisorio, La Secretaria Temporal,
Abg. Mariela Revilla Acosta Abg. María Álvarez
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