Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en ejercicio de la competencia conferida según Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha 02/04/2009, actuando con conocimiento de causa y dejando a salvo los derechos de terceros declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio, conforme al Artículo 185 del Código Civil y Sentencia Nº 1070 de fecha 09/12/2016, presentada por los ciudadanos: ANTONY JOSE ACOSTA ACOSTA y NORAIDA DEL CARMEN MONTENEGRO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros V-20.932.080 y V-15.916.292, respectivamente, domiciliado el primero en la Urbanización los Médanos, Manzana 8, Casa N° 06 de esta ciudad de Santa Ana de Coro,.....