DISPOSITIVO
Sobre la base de los razonamientos que preceden, este juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para el conocimiento de la presente demanda incoada por el demandante ALVIS JUNIOR DAAL CAMAYA, antes identificado, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.), y en consecuencia, declina la competencia por razón de la materia conforme al criterio jurisprudencial antes asentado en el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo Región Occidental. Publíquese y Regístrese.
Dado, Sellado y Firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción del Estado Falcón, Siendo las 3:30 p.m., al Primer (01) día del mes de Febrero de 2008. Años 197º de .....