Con fundamento en los hechos analizados, las normas aplicables al caso concreto y los criterios doctrinarios y jurisprudenciales utilizados, así como todos los razonamientos y motivos que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, procediendo en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se revoca la Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva, de fecha 25 de junio de 2025, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en esta Ciudad de Santa Ana de Coro, por las razones y motivos explanados en la parte motiva. SEGUNDO: INADMISIBLE el presente Procedimiento de Amparo Constitucional, incoado por el ciudadano HUGO JOSÉ COLINA PADILLA, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad No. V-3.096.305, en su condición de tr.....