En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal 1° de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ACUERDA al Ministerio Público la prórroga contenida en el artículo 79 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en consecuencia se decreta la prórroga por un lapso de 90 días para que el Despacho Fiscal concluya la investigación en el presente asunto.