Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: IP01-S-2003-003409, que se sigue en contra de la ciudadana: TITA MARIA PALMAR CAMBAR, Venezolana, Mayor de edad, 38 años de edad, portadora de la cedula de identidad N ° 6.803.677, teléfono 0261-875562, 0414-6517669 y quien pude ser localizada en la siguiente dirección: Conjunto Residencial el Varillal, Edificio Laurel 01, apartamento 2-D, Maracaibo Estado Zulia, por el delito de CONTRABANDO, previsto y sancionado en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Aduanas, vigente para el momento de la comisión de los hechos, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; en concordancia con lo previsto en el artículo 1° y 314 del Código Orgánico procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítanse las presentes actuaciones que conforman el present.....