En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, de conformidad con los artículos 479, 494, 495, 496 y 498, del Código Orgánico Procesal Penal, otorga el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al sentenciado FREDDY RAMÓN MARTÍNEZ, Venezolano, mayor de edad, de 44 años, V-7.498.202, soltero, residenciado en sector Las Guarabas, calle principal, casa sin número, Municipio Bolívar, estado Falcón, quien fue condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y castigado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor y fija el plazo de UN (1) AÑO, ONCE (11) MESES y VEINTIOCHO (28) DÍAS, de régimen de prueba.