esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: LA NULIDAD ABSOLUTA DEL AUTO dictado por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Extensión Punto Fijo en el Asunto Penal seguido contra el ciudadano KELVIN GREGORIO HURTADO, la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 149 de la ley Orgánica de drogas, en perjuicio del estado Venezolano, por motivo del recurso de apelación interpuesto por el Representante de la Fiscalía 23º del Ministerio Público, decisión que dictó el precitado Tribunal imponiéndole al ciudadano antes mencionado la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, consistente en arresto domiciliario. En consecuencia, se repone la causa al estado de que otro Juez, distinto al que produjo.....