En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal superior impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por la abogada María de Donquis, en representación del ciudadano LIBERATO JIMÉNEZ, contra la sentencia de fecha 22 de mayo de 2007, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró sin lugar la demanda de resolución de contrato de compraventa, intentada por el apelante contra el ciudadano TOMÁS ROQUE REVERÓN.
SEGUNDO: Se declara la nulidad del fallo apelado y de todas las actuaciones procesales cumplidas posteriormente al acto de admisión de la demanda y se repone la causa, al estado de citación personal del demandado y cumplimiento de los actos subsiguientes conforme a la jurisprudencia del más alto Tribunal de la República reseñada en este fallo.
TERCERO. Se aperc.....