Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, concede al penado RONALD JESUS SILIET MIQUILENA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.262.025, nacido en fecha 27/02/78, con domicilio en la calle Monzón, entre calle Milagros y Avenida Sucre, casa N° 17, Coro Estado Falcón, el BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 493, 494, y 495 del Código Orgánico Procesal Penal, y se fija un régimen de prueba por el lapso de Tres (3) meses. A tal efecto, cítese al penado, a los fines de imponerlo del otorgamiento de dicho beneficio en la sede de este Circuito Judicial Penal, en fecha 24 de Octubre de 2007, a las 10:00 de la mañana. Se ordena el levantamiento del Acta de imposición en dicha oportunidad a los fines de.....