DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa instruida contra los ciudadanos LINO ABEL ATACHO HURTADO, ANGEL ELIAS PITER ROSELL y JOSE GREGORIO UGARTE GARCIA, con motivo de la presunta comisión del delitos por el Delito de Abuso de Autoridad, previsto y sancionado en el artículo 204 del Código Penal, y declara extinguida la Acción Penal en la presente causa, de conformidad con el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio para excluir a los ciudadanos LINO ABEL ATACHO HURTADO, ANGEL ELIAS PITER ROSELL y JOSE GREGORIO UGARTE GARCIA, del Sistema Computarizado de Información Policial