III.
Por los razonamientos antes expuestos y visto que están llenos los extremo exigidos por la Ley para que la Prescripción Adquisitiva en el presente caso proceda, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en Sede Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara intentada por la representante judicial de la ciudadana RITA SJOGAARD OLSEN, por Prescripción Adquisitiva. En consecuencia, se declara que la ciudadana RITA SJOGAARD OLSEN, ha adquirido por usucapión, las parcelas de terreno que a continuación se especifican: PARCELA N° 1: ubicada en el sector Las Cocuizas, Chichiriviche, Municipio Monseñor Iturriza del Estado Falcón, con una superficie de SEIS HECTÁREAS (6 Has) aproximadamente, con los siguientes linderos: Norte: Fundo de la Sucesión de Bernardo Platt; Sur: Fundo que es o fue de Leopoldo Soto; Este: Playas del Mar C.....