En consecuencia, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la presente TRANSACCION, dándose por consumado el presente acto, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de COSA JUZGADA, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente se ordena el archivo del presente expediente, dejándose copia certificada del presente auto en el Archivo del Tribunal y constancia en el Libro Diario de Labores.-