Este Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA: Otorgar LA MEDIDA DE PROTECCION Y GARANTIA DE LA INTEGRIDAD FISICA del Ciudadano RAMIRO ANTONIO VILLAVICENCIO ALVARADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 9.507.488, domiciliado en la Calle Bolívar, casa N° 169, color rosada, sector La Sabana, al lado de la Escuela Churuguara "La Sabana", Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, y de sus familiares, y en consecuencia ordena remitir comunicación al Ciudadano Comandante del Destacamento 42 de la Guardia Nacional con sede en La Vela de Coro del Estado Falcón, a los fines de la realización con carácter de Urgencia, de las Labores de Patrullaje en el domicilio del referido ciudadano, en la dirección antes descrita, para garantizar el estricto cumplimiento de lo acordado. Libérese el correspondiente oficio al Comandante del Destacam.....