En virtud de lo antes expuesto y siendo que el ciudadano Elinerso Antonio Jiménez Rodríguez, no se ha ausentado del lugar donde debe cumplir con la medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad otorgada por este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, niega la solicitud de librar Orden De Aprehensión requerida por el Ministerio Público y la parte Querellante y mantiene la Dirección Carretera Coro, Churuguara, Fundo Los Mavares, colindante con la Finca Las Lomas, al lado del poste de la energía eléctrica NO. 203, del Estado Falcón como sitio de reclusión y asimismo se acuerda la celebración de la respectiva Audiencia Preliminar para ser efectuada en fecha Viernes 09 de Febrero de 2007, a las 10 de la mañana. Librese las respectivas notificaciones a la Fiscalía Segunda, la defensa y la parte querellante. y Ofíciese a la Comandancia de Policía para que efe.....