DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Único: Conforme a lo dispuesto en el artículo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano WILLIAN ARMANDO BRAVO ANGARITA, titular de la cedula de identidad; 9181755, de 43 años de edad, domiciliado en Santa Bárbara de Barinas Calle N° 9 entre Carrera 01., estado civil soltero, profesión comerciante, herrero y albañil, grado de instrucción bachiller, por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, DESVALIJ.....