En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Se revoca la sentencia de fecha 17 de enero de 2008, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en la cual declaró con lugar la demanda de nulidad de matrimonio entre los ciudadanos ROBERTO LUIS PEÑA PEREIRA y FRANCYS LEOLIMAR BUSTILLO PEÑA, y declaró extinguido el matrimonio existente entre ellos.