En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencias y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, NIEGA, la fórmula anticipada de cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO, solicitada por la defensa judicial del penado LEONARDO ENRIQUE ZAMBRANO, quien se identifica con cédula V-19.506.999, nacido en Maracaibo, estado Zulia, ayudante de albañil, soltero, residenciado en "La Cañada de Urdaneta, sector Semeruco" estado Zulia y fue sentenciado a cumplir la pena de ocho (8) años de prisión, por la comisión de los delitos de Robo Agravado y Porte Ilícito de Arma de Fuego previstos en los artículos 458 y 278 del Código Penal, ello por no cumplir de forma concurrente con los requisitos establecidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, así como las exigencias del artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario.