Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Ha lugar la Presunción de Admisión de Hecho en contra la empresa M.G.H. PROTECCIÓN INTEGRAL.
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por el ciudadano CARLOS ORTIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.010.465, en contra de la empresa M.G.H. PROTECCIÓN INTEGRAL por cobro de Prestaciones Sociales.
TERCERO: Se condena la empresa M.G.H. PROTECCIÓN INTEGRAL a cancelar a la parte actora CARLOS ORTIZ, plenamente identificado en autos la cantidad de TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON SESENTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 3.776,62), por concepto de Prestaciones Sociales. Así se decide.
CUARTO: Se condena el pago de indexación .....