este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, ACTUANDO COMO TRIBUNAL UNIPERSONAL, declara al ciudadano JHON CRISTOPHER PETIT MEDINA, Titular de la cédula de identidad Nro 6.723.199, nacido en fecha 06-10-1971, de Oficio Comerciante, domiciliado en Municipio Los Taques, Calle Corazón de Jesús, Casa Nº 34, Estado Falcón, CULPABLE del delito de PECULADO DOLOSO IMPROPIO, previstos y sancionados en el artículo 52 parte in fine de la Ley contra la Corrupción, y NO CULPABLE por los delitos de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO CON AGRAVANTES Y POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previstos y sancionado en el artículo 277 en concordancia con el artículo 272 del Código Penal y el artículo 34 de la Ley contra el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en relación con el artículo 86 del Código Penal vigente, Por lo que se CONDENA a cumplir la pena de TRES (03) años de prisión, y las acc.....