PRIMERO: ABSUELVE a los ciudadanos KEIVER RAMÓN FARIÑEZ GIL, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 02-07-1987, de estado civil soltero, de profesión u oficio ayudante de técnico dental, titular de la cédula de identidad Nº V-23.607.905, residenciado en San José del Avila, El Retiro, Terraza C, casa Nº 27, Caracas; y CESAR ANDRÉS TORRES ARREAZA, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 05-10-1986, de estado civil soltero, de profesión u oficio moto-taxista, titular de la cédula de identidad Nº V-17.558.840 y residenciado en Brisas del Ávila, Calle El retiro, al lado del módulo policial, cerca del Hospital Vargas, Caracas, por la comisión del delito tipificado en el artículos 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, descrito como TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUND.....